No se pudo identificar la publicación del Acuerdo Ministerial N°. 001-98, mediante el cual se estableció la prohibición para "...los funcionarios de la Sede Central del Ministerio de Educación, los Directores o Delegados Departamentales y Municipales así como Directores de Centros Escolares del Ministerio de Educación de nombrar personal administrativo o docente en sus respectivas oficinas a familiares que tengan vínculo de matrimonio o parentesco con ellos dentro del cuarto grado de consanguinidad (abuelos, nietos, padres esposos, hermanos, tíos y primos y segundo e afinidad (suegros y cuñados)". |