Interpretaciones:
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Derogaciones:
Al Decreto Legislativo N°. 22, Declárase Estancada en la República la Venta de Sales de Quinina.
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Reformas:
Al Decreto Legislativo N°. 22, Declárase Estancada en la República la Venta de Sales de Quinina.
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Adiciones:
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Suspensiones:
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| Observaciones: |
| El Decreto Legislativo N°. 344, Refórmase el Decreto Legislativo N°. 22 del 06 de Noviembre de 1939 en el Sentido de Suprimirle el Carácter de Exclusividad que Contiene, se encuentra incorporado en el Anexo III Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Salud. |