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Legislación de Nicaragua
Legislación Relacionada
Título:Ley de Reforma y Adición a la Ley N°. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo. (Enlace al Texto)-->Texto Normativo
Categoría Normativa:Leyes
Número:824
Gaceta No.:245
Fecha Publicación:12/21/2012. Otras Fechas:
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Reformada por
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Fe de Errata
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Fe de Errata, Fe de Errata al Artículo 90 de la Ley N°. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua.

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Normas Complementarias
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Normas Relacionadas
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Ley N°. 1075, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Administrativa.

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Afectaciones a otras normas
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Interpretaciones:

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Derogaciones:
A la Ley N°. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, Ver Artículos derogados.
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Reformas:
A la Ley N°. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua.

Decreto Legislativo A.N. N°. 3367, Acreditación de Representantes del Parlamento Latinoamericano, Unión Interparlamentaria, Parlamento Amazónico, Parlamento Indígena de América, Foro de Presidentes de Poderes Legislativos de Centroamérica y la Cuenca del Caribe y Confederación Parlamentaria de las Américas.
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Adiciones:

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Suspensiones:

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Observaciones:
En el Arto. 191. Sustitución de Denominaciones. En todas las disposiciones legales, en donde se diga “Ley N°. 122, “ deberá entenderse “Ley N°. 606, En la Ley N°. 272, Ley de la Industria Eléctrica; Ley N°. 477, Ley general de deuda pública; Ley N°. 535, Ley Especial de Incentivos Migratorios para los Nicaragüenses Residentes en el Extranjero; Ley N°. 550, Ley de Administración Financiera y del Régimen Presupuestario; Ley No. 662, Ley de Transparencia para las Entidades y Empresas del Estado Nicaragüense; Ley N°. 784, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2012; y Ley N°. 809, Ley de Modificación a la Ley N°. 784, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2012, en las que se hace referencia a la Dirección General de Análisis y Seguimiento al Gasto Público de la Asamblea Nacional, deberá leerse “Dirección General de Análisis y Seguimiento Presupuestario y Económico”. En las normativas internas dictadas en el período comprendido entre el 9 de enero de 2007 y el 15 de diciembre de 2012, donde se diga “Director General de Asuntos Administrativos” se leerá Secretaría Ejecutiva.”

Esta norma es parte del Anexo I, Registro de Normas Vigentes de la Ley N°. 1075, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Administrativa, aprobada el el 10 de junio de 2021 y publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 170 del 21 de septiembre de 2023.



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