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Legislación de Nicaragua
Legislación Relacionada
Título:La Universidad Central de Nicaragua se Dividirá en Facultades y Escuelas. (Enlace al Texto)-->Texto Normativo
Categoría Normativa:Decretos Ejecutivos
Número:4
La Gaceta, Diario Oficial N°:5
Fecha Publicación:01/12/1942.
Derogada Totalmente: Por la Ley N°. 1092, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Educación.

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Reformada por
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Fe de Errata
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Normas Complementarias
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428. Decreto Ejecutivo N°. 12, Reglamento General de la Universidad Nacional de Nicaragua.

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Normas Relacionadas
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Decreto Ejecutivo N°. 1, Creáse en Managua la Universidad Central de Nicaragua.

270. Decreto Ejecutivo N°. 2, Déjase a la Universidad Central funcionando únicamente con las Escuelas de Bellas Artes e Ingeniería.

254. Decreto Ejecutivo N°. 7, Verifícanse exámenes para obtener títulos en la Universidad Central de Nicaragua.

272. Decreto Ejecutivo N°. 11, Decreto estableciendo en las Escuelas Nacionales Superiores de varones y niñas, taller o clases de trabajos manuales

257. Decreto Ejecutivo N°. 17, Fúndase la Escuela de Enfermería y Obstetricia.

Decreto Ejecutivo N°. 444, Créase la Universidad Nacional de Nicaragua con Sede en la Ciudad de León.

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Afectaciones a otras normas
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Interpretaciones:

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Derogaciones:

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Reformas:

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Adiciones:

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Suspensiones:

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Observaciones:
El Decreto Ejecutivo N°. 4, La Universidad Central de Nicaragua se Dividirá en Facultades y Escuelas, se encuentra incorporado en el Anexo III Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Educación.



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