Derogaciones:
Título II de la Salud Animal y la Sanidad Vegetal, el Capítulo II del Diagnóstico y la Vigilancia Epidemiológica en la Sanidad Vegetal, los artículos del 10 al 12; del Título III, de la Inspección de los Productos y Subproductos de Origen Animal y Vegetal, el Capítulo II, De la Inspección de los Productos y Subproductos de Origen Vegetal, los artículos del 23 al 26, así como todo lo relacionado con la sanidad vegetal, Ley N°. 291, Ley Básica de Salud Animal y Sanidad Vegetal.
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