Declárese "RESERVA FORESTAL TEMPORAL" por el término de cinco años, los bosques de pino existentes en los terrenos propiedad del Estado ubicados en el Departamento de Zelaya, dentro de la siguiente localización: Del Poblado de Prinzapolka el litoral costero hasta la desembocadura del río Wawa en el Océano Atlántico; la margen sur del río Wawa hasta la desembocadura del río Lakus; de este punto una línea con rumbo S. 11ºW hasta encontrar el poblado de Lapán; de Lapán una línea con rumbo N. 89ºW hasta encontrar el río Bambana; de Bambana, una línea con rumbo S. 3º 15'E hasta el poblado El Porvenir; de El Porvenir se sigue el río Prinzapolka hasta el puente de Garnache; de Garnache se sigue la carretera hasta el campamento del aserrío de Lawira; se sigue la margen izquierda del río Lawira hasta su unión con el río Prinzapolka; de este punto se sigue la margen izquierda del río Prinzapolka hasta el poblado de Prinzapolka. |