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Legislación Relacionada
Título:Norma Técnica Obligatoria Nicaragüense. Funcionamiento para Establecimientos y Regentes de Productos Veterinarios. (Enlace al Texto)-->Normas Jurídicas en la Web
Categoría Normativa:Normas Técnicas
Número:NTON 20 001- 15
Gaceta No.:01
Fecha Publicación:01/02/2018. Otras Fechas:
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Reformada por
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Fe de Errata
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Normas Complementarias
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El incumplimiento a lo establecido en la presente norma, será sancionado de conformidad a lo establecido en la legislación nacional de la materia la Ley No. 291 Ley Básica de Salud Animal y Sanidad Vegetal (Indice Relacionado) y Decreto Ejecutivo No. 2-99, Reglamento de la Ley No. 291, Ley Básica de Salud Animal y Sanidad Vegetal (Indice Relacionado) y la Ley No. 274 "Ley Básica para la Regulación y Control de Plaguicidas, Sustancias Tóxicas, Peligrosas" (Indice Relacionado) y Decreto Ejecutivo No. 49-98, Reglamento de la N°. 274, Ley Básica para la Regulación y Control de Plaguicidas, Sustancias Tóxicas, Peligrosas y Otras Similares (Indice Relacionado)en su versión vigente.

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Normas Relacionadas
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Afectaciones a otras normas
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Interpretaciones:

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Derogaciones:

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Reformas:

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Adiciones:

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Suspensiones:

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Observaciones:
Aplica a todos los establecimientos que comercializan productos veterinarios y a la actividad de su regencia, definidos en la presente norma. La Autoridad competente para la observancia de la presente norma será el Instituto de Protección y Sanidad Agropecuaria (IPSA).



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