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Legislación Relacionada
Título:Norma para el Registro de Contratistas Especializados del FOGADE. (Enlace al Texto)-->Normas Jurídicas en la Web
Categoría Normativa:Resoluciones
Número:CD-FOGADE-IV-MAY-2011
Gaceta No.:148
Fecha Publicación:08/09/2011. Otras Fechas:
Derogada Totalmente: Por la Resolución N°. CD-FOGADE-IV-AG0-2014 (Indice Relacionado).

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Reformada por
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Fe de Errata
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Normas Complementarias
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e) Medida dictada por el Superintendente de Bancos, o el Consejo Directivo de la Superintendencia de Bancos en el caso contemplado en el Arto. 10, numeral 13 de la Ley 552, Ley de Reforma a la Ley No. 316, Ley de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras (Indice Relacionado), sobre las entidades financieras que presenten las circunstancias establecidas en el Arto. 93 de la Ley 561, Ley General de Bancos, Instituciones Financieras No Bancarias y Grupos Financieros (Indice Relacionado).

g) Ley 563: Ley de Reforma a la Ley 551, Ley del Sistema de Garantía de Depósitos (Indice Relacionado).

i) Ley 316: Ley de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras (Indice Relacionado).


La escogencia de contratistas se hará mediante un proceso de selección directa, en plazos perentorios, según la necesidad o requerimiento de especialidad determinada por el FOGADE, sin sujeción a los procedimientos de contratación establecidos en la Ley de Contrataciones Administrativas del Sector Público y su Reglamento, de conformidad con los Artos. 40 y 56 de la Ley 551, Ley del Sistema de Garantía de Depósitos (Indice Relacionado).

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Normas Relacionadas
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Resolución Ministerial N°. CD-FOGADE-VIII-NOV-2011, Norma de Reforma de los Artículos 8,15, 26 y Anexo No. 2 de la Norma para el Registro de Contratista Especializado del FOGADE (Indice Relacionado).

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Afectaciones a otras normas
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Interpretaciones:

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Derogaciones:
Deróguese la Norma para el Registro de Contratistas Especializados del FOGADE, contenida en Resolución CDFOGADE-I-11-2008 (Indice Relacionado).
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Reformas:

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Adiciones:

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Suspensiones:

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Observaciones:
Para los fines de aplicación de las disposiciones contenidas en la presente Norma, los conceptos indicados en el presente artículo, tanto en mayúsculas como en minúsculas, singular o plural.



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