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Legislación Relacionada
Título:Norma Sobre Peritos Valuadores que Presten Servicios a las Instituciones del Sistema Financiero. (Enlace al Texto)-->Normas Jurídicas en la Web
Categoría Normativa:Resoluciones
Número:Resolución Nº CD-SIBOIF 868-1-DIC10-2014
La Gaceta, Diario Oficial N°:16
Fecha Publicación:01/26/2015.
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Reformada por
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Fe de Errata
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Normas Complementarias
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Registro de Peritos Valuadores.- El Registro de Peritos Valuadores (REPEV), de la Superintendencia es aquel en el cual deberán inscribirse las personas naturales o jurídicas que presten servicios de avalúo de bienes a las instituciones financieras supervisadas. La inscripción en el REPEV habilitará a los sujetos inscritos para ejercer la función de valuadores de bienes de dichas instituciones. Para todos los efectos legales debe entenderse que la existencia jurídica del REPEV creado conforme a la Resolución CD-SIBOIF-227-1-NOV2-2002, dictada por el Consejo Directivo de la Superintendencia y publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 230, del 3 de diciembre del 2002, ha permanecido sin solución de continuidad desde la entrada en vigencia de la Resolución antes referida.

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Normas Relacionadas
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Afectaciones a otras normas
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Interpretaciones:

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Derogaciones:
Deróguese la Resolución Nº CD-SIBOIF-450-1-NOV3-2006, Norma sobre Peritos Valuadores que Presten Servicios a las Instituciones del Sistema Financiero (), dictada por el Consejo Directivo de la Superintendencia. contenida en , de fecha 03 de noviembre de 2006 y publicada en La Gaceta Diario Oficial No. 235, del 4 de diciembre de 2006.
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Reformas:

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Adiciones:

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Suspensiones:

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Observaciones:



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