Los alumnos becados que, conforme a la ley, obtengan su diploma de maestros en las escuelas normales y, en cumplimiento de su contrato, pasen a desempeñar puestos en los planteles de enseñanza oficial, gozarán de un sobresueldo equivalente a cincuenta por ciento del sueldo que el cargo tuviere asignado en el presupuesto, y tendrán además derecho a un viático que regulará el Ministerio de Instrucción Pública, tomando en cuenta el sexo y demás condiciones personales del agraciado, los medios de transporte y otras circunstancias análogas. |