El reglamento dictado al efecto para los sorteos y el resultado de los mismos será publicado en su debida oportunidad en la Gaceta, Diario Oficial.
Las cédulas tendrán un plazo de tres años contados a partir de un sola fecha de emisión y serán amortizadas en anualidades, cada una equivalente a un tercio del valor total de la emisión. Las dos primeras amortizaciones se harán por sorteos. |