Suspensiones:
El Decreto Legislativo N°. 158, Ley Aprobatoria del Decreto-Ley del 26 de Octubre de 1940, sobre Reorganización Bancaria y Monetaria, Hasta el día 31 de Diciembre de 1959 y
La Aplicación de los Ordinales 2) y 10) del Arto. 126 de la Ley del Banco Nacional de Nicaragua, Cuando se Trate de Obligaciones Derivadas de Operaciones de Crédito Agrícola de Conformidad con los Ordinales 1), 2), 3) y 6 del Arto. 58 de la Citada Ley del Banco Nacional.
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