Esta norma se encuentra incorporada en el Anexo I, Registro de Normas Vigentes de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia del Sector Energético y Minero.
Créase la Empresa Nicaragüense de Minas, que en lo sucesivo podrá ser denominada indistintamente como ENIMINAS, como una empresa pública descentralizada del Estado bajo la rectoría sectorial del Ministerio de Energía y Minas, con autonomía técnica, administrativa y financiera, de giro comercial y del dominio del Estado Nicaragüense, con personalidad jurídica y patrimonio propio, de duración indefinida y con plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones. |