LEGISLACIÓN RELACIONADA
Título:Ley para la Concesión de la Personalidad Jurídica. (Enlace al Texto)-->NormasWeb
Categoría Normativa:Decretos - Ley
Número:639
Gaceta No.:39
Fecha Publicación:02/18/1981. Otras Fechas:
Derogada Totalmente: Por el Decreto-Ley N°. 1346 (Indice Relacionado).

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Reformada por
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Normas Complementarias
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Normas Relacionadas
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Ley N°. 147, Ley General Sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro (Indice Relacionado);

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Afectaciones a otras normas
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Interpretaciones:

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Derogaciones:
El Decreto-Ley N°. 508, Ley para la Concesión de Personalidad Jurídica (Indice Relacionado).

El Capítulo XIV del Título 1 Libro I del Código Civil (Indice Relacionado).
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Reformas:

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Adiciones:

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Suspensiones:

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Observaciones:
Las Asociaciones, Federaciones o Confederaciones, y las Fundaciones, sin fines de lucro, sean civiles o religiosas, gozarán de personalidad jurídica una vez que llenen los requisitos establecidos en esta Ley. El acto constitutivo de las Asociaciones, deberá ser otorgado en escritura pública con el concurso mínimo de tres personas naturales capaces de obligarse.

En lo que no esté previsto por esta Ley y no se oponga a la misma, regirá lo dispuesto en el Código Civil, Libro I, Título 1, Capítulo XIII.




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