LEGISLACIÓN RELACIONADA
Título:(Artículos que Serán de Libre Importación). (Enlace al Texto)-->Normas Jurídicas en la Web
Categoría Normativa:Decretos Ejecutivos
Número:21
Gaceta No.:32
Fecha Publicación:02/07/1957. Otras Fechas:
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Reformada por
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Normas Complementarias
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    En lo Relativo a la industria de Primera Categoría, Clasificada Según Decreto Ejecutivo No. 11, Conceptúase Industria de Primera Categoría (Indice Relacionado), Que Elaboran Conservas de Pescado de Agua Salada o Dulce, de Mariscos, o de Crustáceos, se Consideran como Artículos Necesarios para la Fabricación de la Manufactura los Siguientes Artículos, cuya Importación será libre de Todo Derecho Específico y Advalorem

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Normas Relacionadas
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Afectaciones a otras normas
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Interpretaciones:

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Derogaciones:

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Reformas:

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Adiciones:

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Suspensiones:

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Observaciones:




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2009.
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