LEGISLACIÓN RELACIONADA
Título:(Reglamento del Ministerio del Distrito Nacional). (Enlace al Texto)-->Normas Jurídicas en la Web
Categoría Normativa:Decretos Ejecutivos
Número:227
Gaceta No.:154-155
Fecha Publicación:07/27/1950. Otras Fechas: 28/07/1950
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Reformada por
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Normas Complementarias
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La jurisdicción del Ministerio del Distrito Nacional se extenderá a toda la circunscripción administrativa del Distrito Nacional, fijada conforme a la Ley, (Ley Creadora del Distrito Nacional) (Indice Relacionado); y en consecuencia, dentro de ella ejercerá las funciones que las leyes le confieren.

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Normas Relacionadas
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Afectaciones a otras normas
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Interpretaciones:

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Derogaciones:

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Reformas:

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Adiciones:

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Suspensiones:

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Observaciones:
Queda terminantemente prohibido tomar o trasladar fondos de una partida para atender gastos imputables a otra; el infractor asumirá personalmente responsabilidad por la cantidad que hubiere sido tomada o trasladada y se le exigirá inmediatamente su reintegro.

En lo que no estuviere previsto en este Reglamento se aplicará lo que estuviere dispuesto en el Reglamento Orgánico de Municipalidades o en la disposiciones de las leyes generales.




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2009.
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