LEGISLACIÓN RELACIONADA
Título:(Prohíbese la Exportación y la Importación de Billetes y Monedas Acuñadas de los Estados Unidos de América). (Enlace al Texto)-->Normas Jurídicas en la Web
Categoría Normativa:Decretos Legislativos
Número:187
Gaceta No.:159
Fecha Publicación:07/29/1942. Otras Fechas:
Derogada Totalmente: Por la Ley N° 974, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Banca y Finanzas.

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Reformada por
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Normas Complementarias
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Decreto-Ley, Ley del Banco Nacional de Nicaragua (Indice Relacionado).

Decreto-Ley N°. 77, (Complementación y Reglamentación de las Leyes Números 70, 71 y 72 del 16 de Diciembre de 1941, En Relación a Firmas Sociales o Individuales de Nacionalidad de los Países en Estado de Guerra con Nicaragua)(Indice Relacionado).

Decreto Legislativo N°. 219, Ley que Reorganiza la Comisión de Cambios (Indice Relacionado).

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Normas Relacionadas
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Afectaciones a otras normas
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Interpretaciones:

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Derogaciones:

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Reformas:

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Adiciones:

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Suspensiones:

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Observaciones:
Se autorizó a la Dirección General de Comunicaciones y a la Recaudación General de Aduanas, para que examinen la correspondencia y equipaje de los viajeros, respectivamente, a fin de hacer efectivo el cumplimiento de esta ley. Si se encontrasen en ellos billetes o moneda americanas u otra clase de valores, deben remitirse al Banco Nacional de Nicaragua con aviso a la Comisión de Cambios para los efectos de esta ley, si del examen resulta que esas remisiones son hechas en contravención a los preceptos de la misma.




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