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Legislación de Nicaragua
Legislación Relacionada
Título:(Decreto de Introducción de Vehículos a Motor). (Enlace al Texto)-->Normas Jurídicas en la Web
Categoría Normativa:Decretos Ejecutivos
Número:9
Gaceta No.:84
Fecha Publicación:04/14/1953. Otras Fechas:
Derogada Totalmente: Por el Decreto Ejecutivo N°. 16 (Indice Relacionado).

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Reformada por
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Fe de Errata
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Normas Complementarias
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Normas Relacionadas
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Decreto Ejecutivo N°. 14, (Decreto Sobre los Vehículos de Fuerza Motriz de Segunda Mano) del 27 de Marzo de 1953 (Legislación Relacionada).

Decreto Legislativo N°. 15, (Reforma al Arto. 5 del Reglamento de Defraudaciones Fiscales) (Legislación Relacionada).

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Afectaciones a otras normas
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Interpretaciones:

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Derogaciones:

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Reformas:

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Adiciones:

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Suspensiones:

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Observaciones:
El adquirente a que se refiere el Arto. 2 de esta Ley que no pagare los tributos fiscales prescritos por dicho artículo, en el lapso de quince días a partir de la fecha en que adquirió el vehículo, será considerado como introductor clandestino de mercaderías y el Administrador de Aduanas de Managua procederá a levantarle el proceso respectivo por la falta de defraudación fiscal apuntada y a aplicarle las penas a que se refiere el Arto. 2 del Decreto No. 15 de 29 de Septiembre de 1951; y si terceros que no gocen de franquicia aduanera para ello, han adquirido dicho vehículo, se las aplicará en todos sus conceptos el Arto. 3 del Decreto No. 15 que se acaba de mencionar.



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