Permítase la exportación para la República de El Salvador, por conducto del Instituto Regulador de Cereales del mismo país, de Cuatrocientos Sesenta Mil Kilos (460,000), o sean Diez Mil (10,000) quintales, de cien (100) libras españolas cada uno de maíz que dicho Instituto comprará en Nicaragua por medio de agentes especiales que designará y acreditará ante el Ministerio de Economía. |