Todas las plantas o partes de ellas, semillas, tierra, materiales y artículos de empaque a las cuales se les permite la entrada, deberán estar acompañadas de dos tipos de Certificados, expedidos por el país de procedencia.
En la gaceta 271 del 26/11/1960 se publicó una nota de Correcciones Técnicas a un Decreto de Agricultura y se corrige este decreto en lo siguiente: En el Considerando I, línea 6a donde dice: semillas de plantas forestales, ornamentales horticolas y herbáceas debe decir: semillas de plantas y forestales, frutales, ornamentales, horticolas y herbáceas, etc.
En l página 2458 en el artículo 1° numeral 2° inciso b) donde dice: los países afectuados por esta plaga, lo correcto es: los países afectados por esta plaga etc. En la página 2459 línea tercera del artículo 11 dice: y florales anuales, bienales y perennes de naturaleza herbácea, etc. |