Decreto Legislativo S/N, La facultad de Legislar quedará a cargo de la Asamblea Nacional Constituyente, Mientras no se Dicte la Constitución de la República.
Decreto Ejecutivo S/N, Reglamentación del Inciso décimo del Arto N°. 6° de la Ley Provisional de Garantías, sobre Libertad de la Palabra Escrita o Hablada. |