Interpretaciones:
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Derogaciones:
Cuarto y Quinto Párrafo del Artículo 17 del Capítulo IV de la Ley N°. 276, Ley de Creación de la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados Sanitarios (ENACAL).
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Reformas:
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Adiciones:
Ley N°. 276, Ley de Creación de la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados Sanitarios (ENACAL).
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Suspensiones:
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| Observaciones: |
| La Ley Nº. 479, Ley de Reforma a la Ley de Creación de la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados Sanitarios, es parte del Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Medio Ambiente y Recursos Naturales |