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Título:Adiciónase al Artículo 7 del Decreto N°. 89-99, Reglamento de la Ley N°. 306, Ley de Incentivos para la Industria Turística de la República de Nicaragua. (Enlace al Texto)-->Texto Normativo
Categoría Normativa:Decretos Ejecutivos
Número:67-2000
La Gaceta, Diario Oficial N°:150
Fecha Publicación:08/09/2000.
Derogada Totalmente: Por el Decreto Ejecutivo N°. 53-2003, De Reforma al Decreto N°. 89-99, Reglamento de la Ley N°. 306, Ley de Incentivos para la Industria Turística de la República de Nicaragua.

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Reformada por
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Fe de Errata
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Normas Complementarias
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Normas Relacionadas
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Ley N° 306, Ley de Incentivos para la Industria Turística de la República de Nicaragua.

Ley N°. 1026, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Turismo.

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Afectaciones a otras normas
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Interpretaciones:

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Derogaciones:

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Reformas:

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Adiciones:
Decreto Ejecutivo N°. 89-99, Reglamento de la Ley N°. 306, Ley de Incentivos para la Industria Turística de la República de Nicaragua.
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Suspensiones:

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Observaciones:
El Decreto Ejecutivo Nº. 67-2000, Adiciónase al Artículo 7 del Decreto N°. 89-99, Reglamento de la Ley N°. 306, Ley de Incentivos para la Industria Turística de la República de Nicaragua, se encuentra incorporado en el Anexo III Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Turismo. El Decreto Ejecutivo N°. 53-2003, De Reforma al Decreto N°. 89-99, Reglamento de la Ley N°. 306, Ley de Incentivos para la Industria Turística de la República de Nicaragua, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 126 del 7/07/2003, deja sin vigencia al Decreto Ejecutivo Nº. 67-2000, Adiciónase al Artículo 7 del Decreto N°. 89-99, Reglamento de la Ley N°. 306, Ley de Incentivos para la Industria Turística de la República de Nicaragua.



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