Esta norma queda sin vigencia por Plazo Vencido. Sin vigencia por plazo vencido, establecido en un año de conformidad con los Artículos 1 y 2 de la misma Ley N°. 513, el proceso electoral deberá dar inicio en enero de 1984 y las elecciones con que culminará dicho proceso electoral se llevarán a efecto en el año 1985.
Esta norma es parte del Anexo III, Registro de Normas sin Vigencias o Derecho Histórico de la Ley N°. 1091, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Constitucional y Otras Normas Fundamentales, aprobada el 21 de octubre del año 2021 y publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 181 del 28 de septiembre del año 2022. |