Se extiende por tres meses que se contararán a partir del 3 de Septiembre del corriente año, el plazo a que se refiere el Decreto Ejecutivo No. 24, (Prórroga en Materia de Marcas y Patentes) (), relativo al pago del impuesto anual sobre marcas y patentes que ya estuviesen registaradas antes del 21 de Diciembre de 1955. |