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Título:De Reforma al Decreto N°. 89-99,Reglamento de la Ley N°. 306, Ley de Incentivos para la Industria Turística de la República de Nicaragua. (Enlace al Texto)-->Texto Normativo
Categoría Normativa:Decretos Ejecutivos
Número:53-2003
La Gaceta, Diario Oficial N°:126
Fecha Publicación:07/07/2003.
Derogada Totalmente: Por el Decreto Ejecutivo N°. 27-2005, De Reformas y Adiciones al Decreto N°. 89-99, Reglamento de la Ley N°. 306, Ley de Incentivos para la Industria Turística de la República de Nicaragua.

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Reformada por
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Fe de Errata
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Normas Complementarias
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Ley N° 306, Ley de Incentivos para la Industria Turística de la República de Nicaragua.

Ley N°. 453, Ley de Equidad Fiscal.

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Normas Relacionadas
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Ley N°. 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo.

Ley N°. 1026, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Turismo.

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Afectaciones a otras normas
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Interpretaciones:

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Derogaciones:
Decreto Ejecutivo N°. 67-2000, Adiciónase al Artículo 7 del Decreto N°. 89-99, Reglamento de la Ley N°. 306, Ley de Incentivos para la Industria Turística de la República de Nicaragua.
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Reformas:
El Artículo 7 del Decreto Ejecutivo N°. 89-99, Reglamento de la Ley N°. 306, Ley de Incentivos para la Industria Turística de la República de Nicaragua.
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Adiciones:

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Suspensiones:

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Observaciones:
El Decreto Ejecutivo Nº. 53-2003, De Reforma al Decreto N°. 89-99,Reglamento de la Ley N°. 306, Ley de Incentivos para la Industria Turística de la República de Nicaragua, se encuentra incorporado en el Anexo III Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Turismo. El Decreto Ejecutivo N°. 27-2005, Reformas y Adiciones al Decreto N°. 89-99, Reglamento de la Ley N°. 306 Ley de Incentivos para la Industria Turística de la República de Nicaragua, publicada en La Gaceta Diario Oficial N°. 83 del 29/04/2005, deja sin vigencia al Decreto N°. 53-2003, De Reforma al Decreto N°. 89-99,Reglamento de la Ley N°. 306, Ley de Incentivos para la Industria Turística de la República de Nicaragua.



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