Reformas:
Arto. 1 del Decreto Ejecutivo 40-DIE, Pónense en Vigor Impuestos de Consumo a Determinados Productos ()Solamente por lo que corresponde a las fracciones arancelarias, 112-01 Vinos y mostos de Uva, 112-01-01 Vinos de mesa, blanco, tinto o clarete, 112-01-02 Vinos generosos, 112-01-03 Champagne, 112-01-04 Otros vinos espumosos n.e.p, 112-01-05-01 Mosto de Uva, 112-01-05-09 Los demás, 112-02-00 Sidra y jugos de frutas fermentados (vinos n.e.p. de frutas).
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