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Legislación de Nicaragua
Legislación Relacionada
Título:Prohíbese Toda Clase de Comercio con Francia. (Enlace al Texto)-->Texto Normativo
Categoría Normativa:Decretos Ejecutivos
Número:88
Gaceta No.:250
Fecha Publicación:11/18/1942. Otras Fechas:
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Reformada por
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Fe de Errata
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Normas Complementarias
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Decreto Ejecutivo N°. 70, (Decreto de Congelación de Fondos).

Decreto-Ley N°. 71, (Se Prohíbe Toda Clase de Operaciones de Comercio Internacional con el Japón, Alemania e Italia).

Decreto-Ley N°. 77, (Complementación y Reglamentación de las Leyes Números 70, 71 y 72 del 16 de Diciembre de 1941, En Relación a Firmas Sociales o Individuales de Nacionalidad de los Países en Estado de Guerra con Nicaragua).

Decreto Ejecutivo N°. 72, (Decreto Sobre el Régimen de Fincas, Industrias, Minas y Establecimientos de Comercio, de Firmas que se Encuentren en Guerra con Nicaragua).

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Normas Relacionadas
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Afectaciones a otras normas
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Interpretaciones:

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Derogaciones:

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Reformas:

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Adiciones:

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Suspensiones:

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Observaciones:
Queda absolutamente prohibida toda clase de operaciones de comercio internacional con la Francia ocupada, y con los países, posesiones o territorios que dependan del Gobierno de Vichy.



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