La admisión de los exámenes para optar á los títulos de Doctor en Derecho, Notario y Procurador Judicial corresponde á la Corte Suprema de Justicia, la cual practicará también los exámenes generales, previos á la obtención de los títulos académicos ó autorizaciones legales respectivas. Esta ley deroga demás leyes especiales en cuanto se le opongan.
Esta norma se publicó en La Gaceta No. 161 de 20 de Julio de 1912, pero Por error de Copia se reproduce nuevamente. |