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Legislación Relacionada
Título:(Disposicón para el Mejor Servicios en la Venta de Fósforos, Cerillas y Encendedores). (Enlace al Texto)-->Normas Jurídicas en la Web
Categoría Normativa:Acuerdos Presidenciales
Número:253
Gaceta No.:259
Fecha Publicación:12/03/1931. Otras Fechas:
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Reformada por
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Fe de Errata
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Normas Complementarias
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    En los lugares en donde no hubiere Agentes Expendedores y que de conformidad con Párrafo 2º del Art. 6º del Decreto Ejecutivo No. 176, Reglamento Estanco de Fósforos, Cerrillas y Encendedores (Indice Relacionado), se encarguen de la venta los Agentes Fiscales, gozarán estos del 5% de honorarios sobre el producto de dichas especies.

    Se hace extensiva al movimiento de fósforos, cerillas y encendedores, la liquidación de los Agentes el día 25 de cada mes, conforme lo prevenido en el Arto. 7º de la Ley, (Decreto Sobre Oficinas de Especies Fiscales) (Indice Relacionado).

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Normas Relacionadas
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Afectaciones a otras normas
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Interpretaciones:

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Derogaciones:

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Reformas:

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Adiciones:

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Suspensiones:

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Observaciones:
La presente ley es ampliación del reglamentario de 29 de septiembre de 1931 y regirá desde su publicación.



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