Reformas:
Con relación a la Emisión de Títulos, se adecua y modifica lo dispuesto en los Artos. 18,19, 20, 23, 24, 25, 31 y 37 del Reglamento de la Ley No. 14, Reforma a la Ley de Reforma Agraria ().
En cuanto a los Recursos Administrativos, se adecua y modifica lo dispuesto en el Arto. 33 del Decreto No. 35-91 ().
En cuanto a los Recursos Administrativos, se adecua y modifica lo dispuesto los Artos. 9 y 10 del Decreto No. 51-92 ().
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