Se publica nuevamente este Decreto en La Gaceta, Diario Oficial N°. 148 de fecha 3 de Julio de 1956 por haber salido errado el anterior.
El Decreto Ejecutivo N°. 39, Impuesto de Turismo será Recaudado por Funcionarios Consulares de Nicaragua, se encuentra incorporado en el Anexo III Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Turismo. |