Interpretaciones:
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Derogaciones:
Artículos 16 y 20 de la Ley No. 662
Decreto No.724, Ley de Impuesto sobre Transmisión de Derechos Relativos a Bienes Inmuebles ( )
Ley No.725 , Ley de Impuesto Sobre Herencias y Legados ( )
Decreto No. 1533, Créase Impuesto sobre Ganancias de Capital ( )
Decreto No. 1535, Ley Relativa a Sociedades ( )
Decreto No. 1542, Exedente (Ley de Excedente) ( )
Decreto No. 1552, Ley de Gravámenes sobre Recaudaciones ( )
Reglamento No.97, Reglamento de la Ley de Impuesto Sobre Ganancias de Capital ( )
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Reformas:
Artículo 3 ; literal a) del Arto.7 ; Arto 8 ,9 ; literales a) , b) y d) del Arto.13 ; Primer párrafo del literal b) del Arto.15 ; Arto18 ; Inciso b) del Arto. 19; Incisos a) y b) del Arto.25 ; Arto.29 ; Párrafo primero del inciso a) del Arto. 30 de la Ley No.662
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Adiciones:
Se adiciona el literal j) al Arto.15 de la Ley No. 662, Ley del Impuesto Sobre la Renta ( )
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Suspensiones:
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Observaciones: |
Este Decreto se publicó nuevamente en la Gaceta No. 250 del 28/12/1990. |