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Legislación de Nicaragua
Legislación Relacionada
Título:Declarar Libre Fabricación de Aguardiente. (Enlace al Texto)-->Normas Jurídicas en la Web
Categoría Normativa:Decretos Legislativos
Número:-
Gaceta No.:28
Fecha Publicación:02/05/1914. Otras Fechas:
Derogada Totalmente: Por el Acuerdo Presidencial N°. 364 (Indice Relacionado).

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Reformada por
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Fe de Errata
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Normas Complementarias
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Normas Relacionadas
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Afectaciones a otras normas
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Interpretaciones:

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Derogaciones:

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Reformas:

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Adiciones:

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Suspensiones:

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Observaciones:
Se declara libre la fabricación de aguardiente de caña de azúcar con tal que la producción y conservación sea en los centros destilatorios y depósitos locales autorizados o que se autoricen y de que se paguen en el Tesoro Público los impuestos fiscales que se establezcan, todo de conformidad con las leyes vigentes sobre la materia.



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