Queda abolida la Constitución de 12 de noviembre de 1838, y vigentes las leyes que no se opongan a la presente.
Dada en la sala de sesiones de la Asamblea Constituyente, en Managua, a los diecinueve días del mes de agosto del año del Señor, mil ochocientos cincuenta y ocho: XXXVII de la Independencia, publicada en el Código de Legislación de la República de Nicaragua - Libro 1, 2 y del 01 de enero de 1864.
La actualización de la presente norma en el sub-módulo “Legislación Relacionada” se encuentra en proceso. |