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Legislación de Nicaragua
Legislación Relacionada
Título:Ley que Concede Beneficios a los Combatientes Defensores de Nuestra Patria y su Soberanía. (Enlace al Texto)-->Texto Normativo
Categoría Normativa:Decretos - Ley
Número:1488
La Gaceta, Diario Oficial N°:153
Fecha Publicación:08/10/1984. Otras Fechas:
Derogada Totalmente: Por la Ley N°. 119, Ley que Concede Beneficios a las Víctimas de Guerra.

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Reformada por
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Fe de Errata
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Normas Complementarias
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Normas Relacionadas
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Ley N°. 94, Ley que Concede Beneficios a los Nicaragüenses Combatientes y Civiles Lesionados por Causa de Guerra.

Ley N°. 1009, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Seguridad y Defensa Nacional.

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Afectaciones a otras normas
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Interpretaciones:

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Derogaciones:
Al Decreto - Ley N°. 595, Ley de Seguridad Social a los Miembros de las Milicias Populares Sandinistas y sus Familiares.

Decreto - Ley N°. 1224, Ley de Movilización de las Milicias Populares Sandinistas.
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Reformas:

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Adiciones:

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Suspensiones:

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Observaciones:
El Decreto - Ley N°. 1488, Ley que Concede Beneficios a las Víctimas de Guerra, se encuentra incorporado en el Anexo III Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Seguridad y Defensa Nacional. La Ley N°. 119, Ley que Concede Beneficios a las Víctimas de Guerra, deroga al Decreto - Ley N°. 1488, Ley que Concede Beneficios a las Víctimas de Guerra.



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