Para los efectos de la letra f) del Arto. 17 del Código Arancelario de Importaciones (), se dispone: que las Franquicias Aduaneras que allí se acuerdan recaerán sobre los siguientes productos:En Huevos: de gallina, pato, ganso, pintada, pavo, paloma y toda clase de huevos de aves de corral.
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