LEGISLACIÓN RELACIONADA
Título:Aclárase Inc.G) del Arto. 10 de Ley de Protección y Estímulo al Desarrollo Industrial. (Enlace al Texto)-->Normas Jurídicas en la Web
Categoría Normativa:Decretos - Ley
Número:1520
Gaceta No.:285
Fecha Publicación:12/12/1968. Otras Fechas:
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Reformada por
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Normas Complementarias
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Normas Relacionadas
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Ley No. 317, Ampara la Emisión de la Ley de Protección y Estímulo al Desarrollo Industrial (Indice Relacionado)

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Afectaciones a otras normas
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Interpretaciones:

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Derogaciones:

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Reformas:

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Adiciones:

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Suspensiones:

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Observaciones:
Para los efectos de la exención de pago de los impuestos de consumo o venta a que se refiere el Inco. g) del artículo 10 de la Ley de Protección y Estímulo al Desarrollo Industrial, entiéndese por venta en fábrica la hecha a compradores mayoristas directamente en la propia fábrica o planta de producción, o bien en las bodegas o depósitos de ésta, cualquiera que sea el lugar donde se encuentren. Para estos efectos no se tendrá por mayorista al comprador que las va a consumir u ocupar en su último destino, ya sea como dueño o contratista, salvo en los casos que el producto vendido sirva de materia prima para la fabricación de otro artículo manufacturado, o bien para la instalación o ampliación de planteles industriales clasificados que gozarían de franquicia aduanera si el artículo no se produjera en Nicaragua.




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2014.
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