Derogaciones:
La Resolución Nº. 419-2019 (COMIECO-LXXXIX), (Aprobar el Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 67.04.54:18, Alimentos y Bebidas Procesadas. Aditivos Alimentarios), deroga las siguientes normas jurídicas:
Resolución N°. 379-2016 (COMIECO-XXXVIII), (Aprobar la Modificación Parcial del Anexo I (Normativo) "Aditivos Cuyo uso se Permite en Condiciones Especificadas para Cierta Categoría de Alimentos o Determinados Productos Alimenticios" y el Anexo II (Normativo) "Aditivos Permitidos por Categorías de Alimentos o por Alimentos Individuales", Ambos del RTCA 67.04.54:10 Alimentos y Bebidas Procesadas. Aditivos Alimentarios, Conforme con el Anexo a la Presente Resolución).
Resolución Nº. 283-2012 (COMIECO-LXll), (Aprobación del Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 67.04.54:10 Alimentos y Bebidas Procesadas. Aditivos Alimentarios).
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En proceso de actualización.
Los Anexos A (NORMATIVO) y B (NORMATIVO) de la Resolución 419-219 (COMIECO-LXXXIX), (Aprobar el Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 67.04.54:18, Alimentos y Bebidas Procesadas. Aditivos Alimentarios), se derogan por La Resolución Nº. 497-2025 (COMIECO-CXI), (Derogar los Anexos A (NORMATIVO) y B (NORMATIVO) del Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 67.04.54:18 Alimentos y Bebidas Procesadas. Aditivos Alimentarios, Aprobado Mediante la Resolución No. 419-219 (COMIECO-LXXXIX) y sus Reformas Contenidas en las Resoluciones No. 494-2024 (COMIECO-CIX) y la No. 496-2025 (COMIECO-CX) y sus Anexos), publicada en La Gaceta, Diario Oficial, Nº. 216 del 19 de noviembre de 2025, y son sustituidos por los Anexos I y II de la Resolución Nº. 497-2025 (COMIECO-CXI). |