La presente norma tiene por objeto establecer los montos de las multas por el incumplimiento de las obligaciones establecidas en el Decreto No. 17-2014,
Decreto para la Aplicación de Medidas en Materia de Inmovilización de Fondos o Activos Relacionado con el Terrorismo y su Financiamiento Conforme las Resoluciones 1267 (1999) y 1989 (2011) y Sucesivas, Resolución 1988 (2011) y Sucesivas y Resolución 1373 (2001) del Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas ( ), dentro de los rangos establecidos en el Artículo 164 de la Ley No. 561, Ley General de Bancos ( ), determinados según la gravedad de la falta, conforme los parámetros y criterios a ser señalados en la presente Norma. Las instrucciones pertinentes relacionadas al referido decreto, fueron puestas en conocimiento de las entidades supervisadas mediante Circular, DS-DL-0988-04-2014/VMU de fecha 7 de abril del año 2014. |