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Título:Norma Técnica Obligatoria Nicaragüense. Barritas o Baritas, Porciones y Filetes de Pescado Empanados, Empanizados o Rebozados Congelados Rápidamente. (Enlace al Texto)-->Normas Jurídicas en la Web
Categoría Normativa:Normas Técnicas
Número:NTON 03 095 – 11
Gaceta No.:120
Fecha Publicación:06/27/2012. Otras Fechas:
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Reformada por
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Fe de Errata
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Normas Complementarias
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Normas Relacionadas
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Afectaciones a otras normas
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Interpretaciones:

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Derogaciones:

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Reformas:

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Adiciones:

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Suspensiones:

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Observaciones:
La presente Norma se aplica a las barritas y porciones de pescado congeladas rápidamente, cortadas de bloques de carne de pescado congelados rápidamente o preparadas con carne de pescado, y a los filetes de pescado naturales, empanados, empanizados o rebozados, solos o en combinación, crudos o parcialmente cocidos y que se presentan para el consumo directo sin elaboración industrial ulterior.



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