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Legislación Relacionada
Título:Se Eleva y Fija un Máximum de C$ 6,196,388.43 a Cartera de Créditos Comerciales del Banco Nacional. (Enlace al Texto)-->Normas Jurídicas en la Web
Categoría Normativa:Decretos Ejecutivos
Número:15
Gaceta No.:241
Fecha Publicación:10/24/1959. Otras Fechas:
Derogada Totalmente: Por la Ley No. 974, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Banca y Finanzas (Indice Relacionado).

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Reformada por
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Fe de Errata
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Normas Complementarias
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Normas Relacionadas
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    Acuerdo Presidencial No. 46, (Banco Nacional y Demás Instituciones Bancarias Comerciales Deberán Haber Reducido el Volumen de los Créditos Comerciales) (Indice Relacionado).
Decreto-Ley No. 31, Decreto-Ley de Nivelación de Cambios (Indice Relacionado).
Decreto Legislativo No. 126, Ley de Reguladora de Cambios Internacionales (Indice Relacionado).

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Afectaciones a otras normas
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Interpretaciones:

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Derogaciones:

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Reformas:

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Adiciones:

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Suspensiones:

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Observaciones:
Se fija para el Departamento Bancario del Banco Nacional de Nicaragua, co como límite máximo a su cartera de créditos comerciales a que se refiere el numeral 1) del Art. 3 del Decreto Ley de Nivelación de Cambios de 4 de Abril de 1949 la suma de $ 6, 196,388.43, que es el límite para el banco privado a que correspondía el mayor monto de dichos créditos según el citado Acuerdo No, 46 de 4 de Mayo de 1954.



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