Interpretaciones:
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Derogaciones:
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Reformas:
Al Decreto Legislativo N°. 1, Decreto Legislativo de 18 de Febrero de 1862, Estableciendo Jueces de Agricultura, el modo de Matricular a los Operarios i la Manera de que Éstos Cumplan sus Compromisos.
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Adiciones:
Al Decreto Legislativo N°. 1, Decreto Legislativo de 18 de Febrero de 1862, Estableciendo Jueces de Agricultura, el modo de Matricular a los Operarios i la Manera de que Éstos Cumplan sus Compromisos.
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Suspensiones:
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| Observaciones: |
| El Decreto Legislativo, Decreto del 22 de Marzo, Ampliando las Facultades de los Jueces de Agricultura, se encuentra incorporado en el Registro del Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Laboral. |