El Decreto Ejecutivo, Todo Individuo que no Sea Asentista ó Proveedor Teniendo Máquina para Destilar Aguardiente la Presentará á la Autoridad Local, se encuentra incorporado en el Anexo III Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Empresa, Industria y Comercio. |