Desde esta fecha declárase de curso, legal en la República las cantidades de quinientos mil billetes de a córdobas cada uno y cuatrocientos mil de dos córdobas cada uno, con números de registro en su orden, los primeros del 000001 al 500.000: y los segundos del 000001 al 200.000, haciendo un valor total nominal de novecientos mil córdobas (C$ 900,000.00). |