Los billetes del Tesoro emitidos por decreto gubernativo de 15 de Septiembre de 1880 hasta en cantidad de $ 500,000. serán en lo sucesivo de circulación forzosa.
Este decreto es reformatorio del de 15 de Septiembre de 1880 ya citado, y tendrá efecto desde su publicación (No hay normas existentes en las Gacetas de dicho mes ni posteriores relacionadas a este Decreto del 15 de Septiembre de 1880). |