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Legislación Relacionada
Título:Las Juntas de Reconstrucción Administrarán los Cementerios que se Encuentren en su Jurisdicción. (Enlace al Texto)-->Texto Normativo
Categoría Normativa:Decretos - Ley
Número:1537
La Gaceta, Diario Oficial N°:250
Fecha Publicación:12/23/1984.
Derogada Totalmente: Por la Ley N°. 1048, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Municipal.

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Reformada por
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Fe de Errata
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Normas Complementarias
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Decreto Legislativo N°. 198, Particulares o Entidades podrán Establecer y Operar Cementerios para Servicio al Público.

Decreto - Ley N°. 270, Ley Creadora de las Juntas Municipales de Reconstrucción.

Decreto Ejecutivo N°. 455, Plan de Arbitrios Municipal.

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Normas Relacionadas
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Afectaciones a otras normas
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Interpretaciones:

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Derogaciones:

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Reformas:

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Adiciones:

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Suspensiones:

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Observaciones:
El Decreto - Ley N°. 1537, Las Juntas de Reconstrucción Administrarán los Cementerios que se Encuentren en su Jurisdicción, se encuentra incorporado en el Anexo III Registro de Normas sin vigencia o Derecho histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Municipal.



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