Interpretaciones:
. |
Derogaciones:
Se deroga el numeral IV del Artículo 14 y los Artículos 32 y 33 del Texto Consolidado, Ley N°. 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo.
. |
Reformas:
Al Texto Consolidado, Ley N°. 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo.
Texto Consolidado, Ley N°. 499, Ley General de Cooperativas.
. |
Adiciones:
Al Texto Consolidado, Ley N°. 499, Ley General de Cooperativas.
. |
Suspensiones:
. |
|
Observaciones: |
En todo el Ordenamiento Jurídico Nacional donde se mencione al Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa, deberpa leerse: "Ministerio para la Promoción de Emprendimiento", Exceptuando lo relacionado con el Instituto Nicaraguense de Fomento Cooperativo, INFOCOOP, que se traslada bajo la rectoría sectorial de la Procuraduría General de la República. |