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Título:[Modificar por Sustitución Total el Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 11.03.59:11 Productos Farmacéuticos. Medicamentos para Uso Humano. Requisitos de Registro Sanitario, Aprobado Mediante Resolución No. 333-2013 (COMIECO-LXVI)]. (Enlace al Texto)-->Texto Normativo
Categoría Normativa:Resoluciones
Número:446-2021 (COMIECO-XCIV)
Gaceta No.:145
Fecha Publicación:08/05/2021. Otras Fechas:
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Reformada por
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Fe de Errata
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Normas Complementarias
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Normas Relacionadas
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Organización Mundial de la Salud (ver enlace).

Resolución N°. 444-2021 (COMIECO-XCIV), [Modificar el Numeral 15.1.5 del Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 11.03.42:07 Productos Farmacéuticos. Medicamentos de Uso Humano. Buenas Prácticas de Manufactura para la Industria Farmacéutica y su Guía de Verificación, aprobado mediante Resolución No. 339-2014(COMIECO-LXVII)].

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Afectaciones a otras normas
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Interpretaciones:

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Derogaciones:
Resolución N°. 333-2013 (COMIECO-LXVI), Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 11.03.59:11 Requisitos de Registro Sanitario de Medicamentos para Uso Humano.
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Reformas:

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Adiciones:

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Suspensiones:

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Observaciones:
El Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 11.03.59:18 Productos Farmacéuticos. Medicamentos para Uso Humano. Requisitos de Registro Sanitario que es anexo a esta norma deroga solamente lo dispuesto en los requisitos para registro sanitario, renovación y modificaciones de medicamentos para uso humano de la reglamentación interna de cada Estado Parte, a excepción de lo establecido en propiedad intelectual y bioequivalencia.



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