Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 99 del 7 de mayo de 1979
Por Cuanto:
El día veintiuno de marzo de mil novecientos setenta y nueve, se dicto la siguiente Ley:
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
a sus habitantes,
Sabed:
Que el Congreso Nacional ha Ordenado lo siguiente:
Resolución No. 79
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,
Resuelve:
Único: Aprobar el Acuerdo Multilateral de Búsqueda y Salvamento (SAR), abierto a la firma en la ciudad de Lima, Perú, el 10 de mayo de 1973, y suscrito por el Plenipotenciario de Nicaragua el 26 de junio de 1973.
Esta resolución deberá publicarse en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua, D.N., cinco de marzo de mil novecientos setenta y nueve.
(f) Francisco Urcuyo Maliaño, Presidente (f) Orlando Morales Ocón, Secretario (f) Alba Rivera de Vallejos, Secretario
Al Poder Ejecutivo. Cámara del Senado. Managua, D.N., 16 de marzo de 1979.
(f) Pablo Rener, Presidente (f) Ramón Paiz Cervantes, Secretario (f) Julio Icaza Tijerino, Secretario
Por Tanto: Ejecútese. Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional, veintiuno de marzo de mil novecientos setenta y nueve.
(f) A. SOMOZA
El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, por la Ley, (f) Harry Bodán Shields.